Abogado Aviles

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TESTAMENTO DEL MATRIMONIO SIN HIJOS

El supuesto del testamento del matrimonio sin hijos es un tema que trae cola. Yo lo veo de vez en cuando en el despacho y los notarios lo verán, sin duda, más a menudo.

El tema es el siguiente: un matrimonio sin hijos viene al despacho porque quiere hacer testamento como se suele decir: “de uno para el otro”. Mucha gente piensa que el matrimonio puede hacer un único testamento, pero el código civil no permite los testamentos mancomunados. Es decir, cada uno tiene que hacer el suyo.

Para que se entienda mejor lo que ocurre en algunos casos de matrimonios sin hijos os voy a contar la anécdota de un supuesto que me sucedió hace algunos años:

Pepa y Juan querían hacer testamento. Estaban casados desde hacía muchos años y no tenían hijos. Los padres de ambos ya habían fallecido. Decidieron, en mi despacho, ir a hacer testamento a la notaría y me pidieron que se lo encargase previamente. Si una persona no tiene hijos ni padres, no tiene herederos forzosos, por lo que podían nombrar heredero a quien ellos desearan.

Pepa tenía tres sobrinos, hijos de su hermana María y Juan tenía dos hermanos, pero ambos habían acordado que harían testamento simplemente “de uno para el otro”. Entró Juan en el despacho del notario e hizo testamento, según lo acordado, en el que nombró su única heredera a su esposa Pepa.

Luego, entró Pepa en el despacho del notario pero ¡hete aquí que cambió de parecer! y nombró solo usufructuario a su esposo Juan pero decidió nombrar herederos a sus tres sobrinos, hijos de su hermana María.

Salieron de la notaría tan felices, Juan ignorando la “traición” de su esposa y yo, como os podéis imaginar, con cara de circunstancias.

¿Cuál era el problema? Que si Juan fallecía primero su esposa Pepa le heredaba en la totalidad de sus bienes y al fallecer su esposa Pepa quedaban como únicos herederos de todos los bienes, tanto los de Pepa como los de Juan, los sobrinos de Pepa.

¿Qué ocurrió? Que el destino quiso que falleciera antes Pepa y al mes siguiente Juan (por suerte sin conocer lo que su esposa había indicado en el testamento), de manera que al fallecer Pepa sus tres sobrinos heredaron sus bienes (pero solo los de Pepa).

Un mes después falleció Juan y como sólo nombraba heredera a su esposa, que ya había fallecido, se tuvo que abrir la sucesión intestada (cuando no hay testamento o ha perdido su validez). Se hizo una declaración de herederos ante notario y se declaró que los herederos de Juan eran sus hermanos.

De este modo la herencia quedó repartida entre las dos familias: a Juan le heredaron sus hermanos y a Pepa sus sobrinos. Si hubiera fallecido Juan antes que Pepa sus hermanos no le habrían heredado y toda la herencia habría recaído sobre los sobrinos de Pepa.

¡Espero que os haya interesado! ¿Qué os parece?